-La revisión del Reglamento de Comités de Vecinos abre un debate que trasciende las casetas de vigilancia; el derecho de las familias a protegerse, la libertad de circulación, las cuotas de mantenimiento, la plusvalía de las viviendas y el riesgo de que los propios vecinos terminen enfrentados por el control de sus calles
Ciudad Juárez.- En Ciudad Juárez, una reja puede representar dos realidades completamente distintas.
Para una familia, es la posibilidad de dormir con mayor tranquilidad, permitir que sus hijos jueguen cerca de casa y disminuir la entrada de personas desconocidas.
Para otra, puede convertirse en un obstáculo para llegar a su vivienda, recibir una ambulancia, visitar a un familiar o simplemente transitar por una calle que durante años fue de libre acceso.
Entre ambas realidades se encuentra un problema urbano, jurídico, económico y profundamente humano que el Gobierno Municipal pretende enfrentar mediante la actualización del Reglamento de Comités de Vecinos, cuyas últimas modificaciones fueron aprobadas en febrero de 2007.
La discusión no es menor.
El 15 de octubre de 2026, medios locales evidenciaron la existencia de 318 fraccionamientos con accesos controlados.
Por su parte, un diagnóstico del Instituto Municipal de Investigación y Planeación (IMIP), incorporado al Plan de Desarrollo Urbano Sostenible 2040, documentó una infraestructura mucho más amplia de cierres y controles de circulación.
Las cifras proceden de mediciones y fuentes distintas, por lo que no deben confundirse; el número de fraccionamientos no equivale al número de calles cerradas ni al de casetas de vigilancia.
RADIOGRAFÍA DEL CIERRE URBANO EN JUÁREZ
1,532
Calles cerradas con rejas
422
Calles cerradas con bardas
575
Casetas de control de acceso
62
Plumas de control
Estos datos derivan del IMIP, y el levantamiento de 2020 citado en el diagnóstico del PDUS 2040.
También registró 57 obstrucciones mediante bolardos, cadenas o piedras. Son categorías de infraestructura, no un conteo de fraccionamientos ni necesariamente de instalaciones independientes.
Los datos revelan que el fenómeno ya forma parte de la estructura territorial de Juárez. No se trata únicamente de exclusivos desarrollos residenciales; el modelo se ha extendido también hacia conjuntos de vivienda media y de interés social, donde el acceso controlado suele ser una respuesta organizada frente a la inseguridad y la insuficiencia de vigilancia pública.
Y aquí aparece la primera gran contradicción; mientras unas familias consideran indispensable conservar las rejas para proteger su patrimonio, otras cuestionan que la seguridad colectiva dependa de la capacidad económica para contratarla.
El dilema no consiste simplemente en decidir si se retiran o permanecen las barreras.
Consiste en determinar quién tiene derecho a instalarlas, bajo qué condiciones pueden operar, quién vigila a quienes las administran y hasta dónde puede llegar una organización vecinal sin sustituir las atribuciones de la autoridad.
El origen; cuando la inseguridad transformó la manera de vivir
La expansión de los fraccionamientos cerrados no es un fenómeno reciente ni exclusivamente juarense.
Sin embargo, en esta frontera adquirió características particulares por la combinación de violencia, crecimiento urbano acelerado, desarrollo inmobiliario y búsqueda de protección familiar.
En 2007, el investigador Jesús Ángel Enríquez Acosta publicó en la revista científica Estudios Fronterizos, de la Universidad Autónoma de Baja California, el estudio Entre el miedo y la distinción, que analizó conjuntos residenciales cerrados de Tijuana, Nogales y Ciudad Juárez.
La investigación identificó dos motivaciones relacionadas, pero diferentes; protegerse de la delincuencia y diferenciarse socialmente del entorno.
La caseta no solamente cumplía una función de vigilancia; también podía convertirse en un elemento de identidad y prestigio residencial.
El estudio ya advertía riesgos de fragmentación urbana y segregación social.
Su valor es histórico y conceptual; no constituye una medición de la eficacia de los fraccionamientos cerrados en 2026.
Casi dos décadas después, la inseguridad continúa siendo un argumento central para justificar las restricciones de acceso.
PERCEPCIÓN DE INSEGURIDAD EN CIUDAD JUÁREZ
69.1%
Marzo de 2026
63.7%
Junio de 2026
Segun datos revelados por INEGI, ENSU, segundo trimestre de 2026.
La reducción estimada de 5.4 puntos porcentuales no fue clasificada como estadísticamente significativa para Juárez.
En otras palabras, al cierre de junio, aproximadamente seis de cada diez personas adultas encuestadas consideraban inseguro vivir en Ciudad Juárez.
Este indicador mide percepción, no la probabilidad individual de sufrir un delito ni la efectividad de una caseta.
Pero permite comprender por qué la idea de retirar rejas genera preocupación entre las familias.
Para muchas personas, el acceso controlado no constituye un lujo inmobiliario; es una estrategia de protección ante una amenaza que consideran real.
El argumento merece ser escuchado.
También merece verificarse. Hasta contar con estudios comparativos locales que controlen factores como ubicación, nivel socioeconómico, patrullaje y características de las viviendas, no es posible afirmar qué porcentaje de delitos se evita gracias a las rejas ni cuántos aumentarían si se retiraran.
Lo que dice la ley
Los accesos controlados ya tienen reconocimiento jurídico.
Uno de los hallazgos centrales de esta revisión documental es que el debate municipal no comienza en un vacío legal.
El artículo 84 Bis del Código Municipal para el Estado de Chihuahua contempla expresamente la posibilidad de que los comités de vecinos soliciten casetas y mecanismos automatizados de restricción de tránsito.
Entre las condiciones previstas se encuentran la integración legal del comité, la identificación del perímetro, la conformidad de una mayoría calificada de dos terceras partes de los vecinos, el proyecto de instalación y la revisión de viabilidad vial.
Más aún, el artículo 84 Ter reconoce la posibilidad de que un vecino interesado presente oposición fundada antes de que se resuelva una solicitud.
La autoridad debe escuchar a las partes y resolver dicha oposición.
Esto significa que la legislación contempla tanto el interés de quienes desean restringir accesos como el derecho de quienes cuestionan esa decisión.
La normativa municipal también contiene controles adicionales. El artículo 50 del Reglamento de Construcción exige dictamen de factibilidad y análisis urbano para ocupar la vía pública mediante casetas o accesos controlados.
Por su parte, el formato oficial AC-01 de Desarrollo Urbano incluye entre sus requisitos dictámenes de Protección Civil y Seguridad Vial, además de documentación vecinal y planos.
Por ello, no sería jurídicamente riguroso afirmar que todas las rejas son ilegales por restringir la circulación, ni que cualquier fraccionamiento tiene derecho automático a cerrar sus calles.
Cada situación exige revisar la naturaleza pública o privada de las vialidades, el régimen de propiedad, las autorizaciones existentes y las condiciones de operación.
La pregunta de fondo es si el nuevo reglamento respetará y desarrollará los derechos reconocidos por la legislación estatal, o si terminará generando una controversia entre disposiciones municipales y normas de mayor jerarquía.
Una ciudad de comités vecinales, pero también de conflictos
La Dirección General de Desarrollo Social informó en julio de 2026 que mantiene trabajo con 265 comités de vecinos distribuidos en diferentes sectores de la ciudad.
De ellos, 46 fueron conformados durante el presente año.
Estos organismos son interlocutores de la autoridad en temas de seguridad, infraestructura, servicios públicos y convivencia.
Sin embargo, su papel no equivale al de una autoridad judicial, policial o administrativa con facultades ilimitadas.
La diferencia es esencial cuando aparece una disputa por cuotas, espacios comunes, vigilancia o decisiones tomadas por una mesa directiva.
En octubre, la Comisión de Desarrollo Social del Cabildo abrió el proceso de actualización del reglamento, con participación de Pedro Matus Peña, María Dolores Adame y Luz Clara Cristo Sosa.
La convocatoria anunció reuniones los miércoles a las 12:00 horas, en la Presidencia Municipal.
No obstante, el 15 de octubre, Pedro Matus informó que la primera mesa prevista había sido aplazada y que se anunciaría una nueva fecha.
Por tanto, el calendario debe confirmarse antes de acudir.
La revisión plantea preguntas que revelan la dimensión real del conflicto; quién puede dirigir un comité, cómo se administran los recursos, qué hacer con los adeudos y hasta dónde llegan las sanciones frente a personas que incumplen acuerdos vecinales.
En una ciudad donde crece la necesidad de organización comunitaria, el reto es impedir que esa organización se convierta en una fuente adicional de división.
¿Realmente disminuyen los delitos?
La evidencia científica contradice las respuestas absolutas.
La principal defensa de los accesos controlados es su capacidad para prevenir delitos.
En enero de 2026, los investigadores Stella Levin, Vania Ceccato y Joakim Richard Lord publicaron en la revista científica Discover Cities, de Springer Nature, una revisión sistemática de 202 investigaciones académicas realizadas entre 2000 y 2024 sobre comunidades residenciales cerradas.
Se trata de una de las revisiones más amplias disponibles sobre sus efectos en la seguridad y la organización social.
Los investigadores identificaron 19 estudios que examinaban específicamente la relación entre las barreras residenciales y los delitos.
Sus resultados fueron reveladores.
¿QUÉ ENCONTRARON LOS ESTUDIOS SOBRE DELINCUENCIA?
32%
Encontraron reducción de delitos
16%
Encontraron aumento de delitos
52%
Sin efecto comprobado o evidencia suficiente
Porcentaje de investigaciones, no porcentaje de delitos evitados.
Los estudios corresponden a distintos países y contextos, no exclusivamente a Ciudad Juárez.
La conclusión resulta incómoda para ambos extremos del debate.
Ni existe evidencia científica suficiente para afirmar que todas las rejas reducen la delincuencia, ni puede asegurarse que su eliminación mejora automáticamente la seguridad o la vida urbana.
Los resultados dependen del diseño del entorno, las características de la población, el tipo de delito, los sistemas de vigilancia y la manera en que funciona cada comunidad.
Los autores también identificaron casos en los que la instalación de controles mejoró temporalmente la seguridad, pero no sostuvo esos resultados con el paso del tiempo.
Esto obliga a formular una pregunta que debería ser central en el debate de Ciudad Juárez; ¿cuántos de los fraccionamientos que cuentan con accesos controlados tienen estadísticas verificables que demuestren una disminución de robos, allanamientos u otros delitos después de instalar las barreras?
Hasta contar con evaluaciones locales comparables, sería irresponsable prometer que retirar un portón no tendrá consecuencias en la seguridad. Pero también lo sería asegurar que conservarlo garantiza protección.
Una política pública seria exige medir resultados y no solamente defender percepciones.
Los beneficios; tranquilidad, organización y sentido de pertenencia
No todo lo relacionado con los fraccionamientos cerrados debe interpretarse como aislamiento o exclusión.
Existen beneficios potenciales que explican por qué numerosas familias defienden este modelo.
El primero es la tranquilidad cotidiana.
Un sistema de acceso que funciona adecuadamente permite identificar visitantes, disminuir el tránsito ajeno al desarrollo y generar una percepción de mayor control sobre el entorno inmediato.
El segundo es la organización vecinal.
Cuando un comité opera de manera democrática y transparente, puede coordinar la vigilancia, la limpieza, la rehabilitación de jardines, el mantenimiento de luminarias y la solución de problemas comunitarios.
El tercero es la protección de espacios compartidos.
Un fraccionamiento con reglas claras puede facilitar el cuidado de áreas verdes, juegos infantiles y equipamiento que de otra manera enfrentaría deterioro.
El cuarto es la posibilidad de construir confianza.
Cuando los residentes se conocen, mantienen comunicación y participan en decisiones colectivas, se fortalecen mecanismos de ayuda mutua.
No obstante, ninguno de esos beneficios es exclusivo de los fraccionamientos cerrados.
Una colonia abierta también puede desarrollar vigilancia comunitaria, organización social, áreas verdes cuidadas y redes de apoyo.
La diferencia radica en que el fraccionamiento cerrado añade una barrera física y, con ella, nuevas responsabilidades jurídicas, administrativas y económicas.
La investigación internacional reconoce los posibles beneficios en privacidad y cohesión interna, pero advierte que pueden coexistir con segregación territorial y una menor relación con el resto de la ciudad.
En consecuencia, el reto consiste en conservar los aspectos positivos de la organización comunitaria sin convertir las calles en espacios donde unos ciudadanos adquieren más derechos que otros.
El costo económico; cuánto cuesta sostener la seguridad privada
El acceso controlado no termina con la instalación de una reja.
Implica gastos permanentes en personal de vigilancia, mantenimiento de motores, controles remotos, cámaras, electricidad, sistemas de comunicación, seguros, limpieza y reparación de equipos.
También puede exigir cuotas extraordinarias cuando una pluma se descompone o es necesario sustituir una caseta.
A primera vista, una cuota mensual parece un gasto relativamente pequeño.
Pero su efecto acumulado puede ser considerable.
Un fraccionamiento de 100 viviendas
Cuota hipotética por vivienda
$600
Mensuales
Ingreso potencial
$60,000
Mensuales, con pago completo
Si el 20% de las viviendas no paga:
$12,000
Déficit mensual
$144,000
(Déficit acumulado al año
Simulación aritmética para explicar la presión financiera de la morosidad).
Ni la cuota de $600 ni el porcentaje de incumplimiento representan un promedio estadístico comprobado de Ciudad Juárez.
Este ejemplo muestra por qué el problema de las cuotas puede terminar enfrentando a familias que durante años han compartido la misma calle.
Los residentes que cumplen con sus aportaciones pueden sentirse obligados a subsidiar a quienes no pagan.
Los deudores, por su parte, pueden enfrentar desempleo, enfermedad, dificultades económicas o desacuerdos sobre la administración de los recursos.
El conflicto se agrava cuando no existen estados de cuenta, auditorías ni procedimientos claros para aprobar gastos.
La solución no puede limitarse a elevar cuotas o castigar a los morosos.
Debe comenzar por transparentar cuánto se recauda, cuánto se gasta, quién autoriza los pagos y qué mecanismos legítimos existen para recuperar adeudos.
¿Las rejas aumentan la plusvalía?
Otro de los argumentos a favor del acceso controlado es que puede mejorar el valor comercial de las viviendas.
Algunos representantes vecinales han advertido que retirar casetas o plumas afectaría la plusvalía.
Esa preocupación es comprensible; para muchas familias, la casa representa el patrimonio más importante de su vida.
Pero una afirmación sobre pérdida o aumento de valor requiere pruebas.
Para medirla correctamente habría que comparar inmuebles similares en ubicación, superficie, antigüedad, estado de conservación y servicios, distinguiendo entre fraccionamientos con y sin acceso controlado.
También sería necesario comparar precios reales de compraventa, no únicamente precios anunciados por vendedores.
Una caseta puede resultar atractiva para determinados compradores, mientras que para otros las cuotas elevadas, los reglamentos restrictivos o los conflictos administrativos podrían reducir el interés.
Hasta que exista un estudio inmobiliario específico para Juárez, no puede establecerse un porcentaje serio de aumento o disminución de plusvalía atribuible exclusivamente a una reja.
Y hay una segunda consideración económica; mientras los particulares destinan recursos al control de sus accesos, el Municipio conserva responsabilidades en seguridad pública, vialidad, protección civil y servicios urbanos que no desaparecen por la existencia de una caseta.
El impacto emocional
Vivir protegidos, pero también vivir con miedo.
Quizá la dimensión menos discutida es la psicológica.
¿Qué representa emocionalmente vivir detrás de una barrera?
Para una persona que ha sufrido un robo o amenazas, cerrar el acceso a su calle puede significar recuperar parte de la tranquilidad perdida.
Para una madre o un padre, representa la esperanza de que sus hijos puedan jugar con menor exposición al tránsito vehicular o a personas desconocidas.
Para un adulto mayor que vive solo, la existencia de vigilancia puede generar una sensación de acompañamiento.
Pero hay otro lado.
La revisión científica publicada en 2026 examinó 24 investigaciones sobre el miedo al delito en comunidades cerradas.
Los resultados fueron igualmente diversos; el 42% de los estudios encontró una reducción del miedo; el 8% identificó un aumento, y el 50% no observó un efecto significativo.
Esto permite entender una paradoja; una persona puede sentirse protegida dentro del fraccionamiento, pero experimentar mayor ansiedad al salir de él.
La seguridad deja entonces de percibirse como un derecho disponible en toda la ciudad y comienza a asociarse exclusivamente con el espacio cercado.
Las infancias
Una advertencia desde el suroriente de Juárez
Una investigación de la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, difundida en mayo de 2026, aporta una perspectiva especialmente importante.
En el libro La evolución de la vivienda deshabitada en el suroriente de Ciudad Juárez: una mirada retrospectiva al periodo 2002-2019, investigadores universitarios documentaron los efectos del deterioro habitacional, la falta de infraestructura y la inseguridad sobre la experiencia de las familias.
En el fraccionamiento Urbivilla del Cedro, el equipo recuperó testimonios de estudiantes de sexto grado que identificaban la escuela como un lugar más seguro que sus propias viviendas.
Algunos dibujos elaborados por menores reflejaban escenas de violencia conocidas en su entorno.
Es indispensable precisar que este estudio no demuestra que los accesos controlados causen esas experiencias.
Analiza problemáticas urbanas más amplias.
Sin embargo, revela algo fundamental para cualquier decisión sobre vivienda; la seguridad de la infancia no depende únicamente de construir barreras; también requiere calles habitables, parques, escuelas cercanas, servicios públicos y entornos familiares protegidos.
COMUNICACIÓN UNIVERSITARIA
El problema emocional de fondo no es simplemente estar dentro o fuera de una reja.
Es crecer creyendo que el peligro comienza al cruzar la puerta de la propia colonia.
Las consecuencias urbanas; cuando un portón también cierra el paso a los servicios
Las calles no funcionan aisladamente.
Forman parte de una red por la que circulan trabajadores, estudiantes, repartidores, servicios de limpieza, unidades de emergencia y vehículos particulares.
Cuando una calle se cierra, la carga de movilidad puede trasladarse a otras vialidades.
Si los cierres se multiplican sin planeación, aparecen recorridos más largos, accesos saturados y dificultades para conectar sectores urbanos.
La preocupación no es solamente teórica.
El 25 de febrero de 2025, el IMIP reunió a representantes de Desarrollo Urbano, CANADEVI y proyectistas de vivienda para analizar problemas de funcionamiento en fraccionamientos cerrados y condominios.
Entre los temas revisados estuvieron los anchos mínimos de calles, los retornos y los radios de giro necesarios para que puedan circular los camiones de basura, bomberos y otras unidades de servicio.
Meses después, en septiembre de 2025, la Dirección de Limpia informó que los accesos controlados, combinados con vehículos estacionados incorrectamente, habían dificultado el ingreso de camiones recolectores a determinados sectores.
El dato obliga a modificar el enfoque.
Una reja que dificulta el acceso de una ambulancia, un camión de bomberos o una unidad de recolección no es solamente un asunto privado entre vecinos.
Se convierte en un problema de interés público.
No significa que todas las casetas representen un obstáculo.
Significa que cualquier autorización debe exigir condiciones técnicas verificables.
Entre ellas, mecanismos de apertura de emergencia, amplitud suficiente para vehículos de servicio, acceso para personas con discapacidad, rutas alternativas y responsables identificables durante las 24 horas.
Además, la revisión tendría que evaluar si los cierres generan recorridos innecesarios para peatones y ciclistas o concentran el tránsito en calles aledañas.
Una ciudad funcional necesita proteger a sus habitantes sin perder continuidad.
Los vecinos morosos y los conflictos; ¿puede una mesa directiva convertirse en autoridad?
La actualización del reglamento coloca sobre la mesa una de las cuestiones más delicadas; qué hacer con quienes no pagan cuotas o incumplen acuerdos.
Aquí conviene establecer una distinción.
Una cosa es la obligación legalmente exigible de contribuir al mantenimiento común y otra muy distinta es la facultad de una mesa directiva para limitar derechos fundamentales.
Los comités deben poder administrar recursos, rendir cuentas, exigir el cumplimiento de acuerdos válidos y recurrir a mecanismos legales de cobro cuando proceda.
Pero las diferencias económicas no deben utilizarse como excusa para aplicar sanciones arbitrarias.
Impedir el ingreso de una persona a su domicilio, humillarla públicamente, divulgar datos personales de deudores o negar el paso a servicios de emergencia plantea problemas jurídicos y de convivencia que no se resuelven mediante una simple votación de vecinos.
El Código Municipal establece requisitos y procedimientos para los mecanismos de restricción de tránsito, pero esas disposiciones no deben interpretarse como una autorización general para impedir a un residente acceder a su vivienda por falta de pago.
También merece atención el término utilizado en la convocatoria; vecinos problemáticos.
¿Quién decide que una persona es problemática?
¿El vecino que hace ruido a medianoche? ¿El que deposita basura fuera de horario? ¿El que cuestiona el manejo del dinero? ¿El que se opone a instalar una caseta?
Sin definiciones precisas, esa categoría puede convertirse en un mecanismo de presión contra residentes incómodos para una mesa directiva.
Un reglamento moderno debería clasificar conductas concretas, establecer procedimientos de queja y mediación, reconocer el derecho de audiencia y ofrecer mecanismos independientes de revisión.
Una persona que denuncia irregularidades administrativas no puede recibir el mismo trato que alguien que amenaza o agrede a sus vecinos.
La democracia vecinal exige que la mayoría pueda decidir sin eliminar los derechos de las minorías.
La desigualdad; ¿seguridad según el código postal?
El debate adquiere una dimensión especialmente sensible cuando se observa la desigualdad territorial de Ciudad Juárez.
En las zonas con mayor capacidad económica, los residentes pueden contratar vigilancia privada, instalar cámaras, sostener cuotas de mantenimiento y mejorar espacios comunes.
En otros sectores, como diversas colonias del poniente y suroriente, las necesidades pueden concentrarse en pavimentación, alumbrado público, transporte, presencia policial, agua, drenaje y mantenimiento de parques.
La diferencia no significa que todos los fraccionamientos cerrados sean de alto ingreso ni que toda colonia abierta sea insegura.
Tampoco significa que las comunidades con menores recursos carezcan de organización.
Lo que pone de manifiesto es que existen capacidades económicas desiguales para adquirir servicios privados de protección.
La expansión de estos mecanismos puede producir dos formas de ciudad; una en la que ciertas comunidades asumen una parte importante del control de su entorno y otra en la que las familias siguen dependiendo casi exclusivamente de los servicios públicos.
Esa desigualdad adquiere mayor relevancia cuando se recuerda que la vigilancia y la seguridad ciudadana son responsabilidades esenciales del Estado, sin distinción de colonia o condición económica.
¿Estamos fortaleciendo la seguridad pública de toda Ciudad Juárez o avanzando hacia un modelo en el que cada comunidad debe pagar por separado para sentirse protegida?
La solución no sería despojar de medidas de protección a quienes ya las tienen.
Sería elevar progresivamente las condiciones de seguridad, infraestructura y convivencia de los barrios que carecen de ellas.
Lo que debe investigar y resolver el Cabildo antes de modificar el reglamento
La actualización normativa representa una oportunidad para corregir vacíos.
Pero también podría provocar conflictos si se realiza sin información técnica, participación efectiva y reglas transparentes.
Antes de aprobar cambios, la Comisión de Desarrollo Social debería hacer públicas las respuestas a estas cuestiones;
¿Cuántos accesos controlados existen realmente y cuáles cuentan con permisos vigentes?
Se requiere un padrón georreferenciado con ubicación, régimen jurídico de las calles, fecha de autorización y obligaciones aplicables.
¿Qué resultados de seguridad registran?
Es necesario contrastar delitos denunciados antes y después de la instalación, así como compararlos con sectores equivalentes sin acceso controlado.
¿Quién participa en las decisiones?
Deben establecerse mecanismos de voto verificables, participación de propietarios y residentes conforme a la ley, y procedimientos para atender a quienes se oponen.
¿Cómo se garantiza el acceso a viviendas y servicios de emergencia?
Cada instalación debería acreditar factibilidad vial, condiciones operativas y protocolos de respuesta.
¿Cómo se administran y auditan las cuotas?
Los comités necesitan reglas claras sobre presupuestos, estados financieros, asambleas, cobranza y manejo de conflictos de interés.
¿Qué sucede con las instalaciones irregulares? Debe existir un procedimiento de revisión individual, regularización cuando sea legalmente posible y, en su caso, retiro fundado y proporcional.
¿Qué alternativas tiene una colonia abierta que solicita mayor seguridad?
El Municipio debe ofrecer respuestas de patrullaje, alumbrado, prevención del delito y mejoramiento de espacios públicos, sin condicionar la protección exclusivamente a la existencia de una reja.
La consulta ciudadana también necesita ser verdaderamente accesible.
Convocar reuniones únicamente al mediodía de los miércoles puede dificultar la participación de trabajadores de maquiladoras, comerciantes, estudiantes y personas cuidadoras.
Una discusión que afectará derechos patrimoniales, movilidad y convivencia no debe quedar limitada a quienes tienen disponibilidad para acudir a una oficina gubernamental en horario laboral.
Sería conveniente habilitar sesiones vespertinas, participación digital, recepción de propuestas escritas y publicación íntegra de las versiones del proyecto reglamentario.
Los dos errores que Ciudad Juárez no puede permitirse
El primero sería proceder al retiro indiscriminado de accesos controlados, sin analizar las condiciones de seguridad, los derechos adquiridos legalmente, las inversiones realizadas y la situación particular de cada comunidad.
Una determinación de esa naturaleza podría generar incertidumbre patrimonial, inconformidad social y litigios, además de confrontar a residentes y autoridades.
El segundo error sería mantener o regularizar indiscriminadamente cualquier barrera existente, incluso cuando carezca de permisos, obstruya servicios esenciales o prive injustificadamente a otros ciudadanos del uso de espacios públicos.
Ambas decisiones serían deficientes.
El camino más sólido consiste en regular con evidencia, diferenciar los casos y hacer cumplir la ley, en lugar de resolver una problemática compleja mediante una postura general a favor o en contra de las rejas.
La legislación ya reconoce procedimientos y derechos de oposición.
La nueva reglamentación debe clarificarlos y fortalecer su aplicación, no sustituir el análisis jurídico y urbano de cada caso por decisiones discrecionales.
Una reja puede proteger una casa, pero no puede resolver la crisis de seguridad de una ciudad.
Juárez tiene razones históricas para comprender el miedo de sus familias.
Durante años, miles de ciudadanos han adaptado sus rutinas, desplazamientos y formas de convivencia para reducir su exposición a la violencia y la delincuencia.
En ese contexto, los fraccionamientos con acceso controlado son más que una tendencia inmobiliaria.
Representan una respuesta social a necesidades de protección que muchos vecinos consideran insuficientemente atendidas por las instituciones.
Desconocer esa realidad sería un error.
Pero también sería equivocado normalizar que la tranquilidad de una familia dependa exclusivamente de su capacidad de pagar una cuota, contratar vigilancia o levantar una barrera.
Los estudios disponibles muestran que los accesos controlados pueden ofrecer beneficios, especialmente en percepción de seguridad y organización interna, pero sus efectos reales sobre la delincuencia son variables. También pueden generar costos de operación, disputas vecinales y problemas de movilidad o segregación.
En consecuencia, la discusión del Cabildo debe superar la pregunta superficial sobre si permanecen o desaparecen las rejas.
Debe preguntarse qué modelo de ciudad se pretende construir.
Una ciudad donde los residentes puedan organizarse para proteger sus hogares, pero donde nadie sea privado arbitrariamente de llegar a su vivienda.
Una ciudad donde la seguridad no dependa del nivel de ingresos, y donde las colonias abiertas reciban la misma atención institucional que los fraccionamientos cerrados.
Una ciudad donde los comités de vecinos sean instrumentos de participación democrática y no pequeños centros de poder sin contrapesos.
Una ciudad, finalmente, donde la tranquilidad no termine convirtiéndose en aislamiento.
Porque el verdadero éxito de una política de seguridad urbana no puede medirse solamente por el número de portones instalados, sino por la posibilidad de que cada familia, viva donde viva, pueda salir a la calle sin miedo y regresar a casa con tranquilidad.
Y quizá esa sea la reflexión más importante que debe acompañar la reforma.
El día que Ciudad Juárez sea verdaderamente segura no será aquel en que todos sus fraccionamientos tengan rejas, sino aquel en que ninguna familia sienta que necesita encerrarse para vivir en paz.